Derechos económicos, sociales y culturales. Deben garantizarse a personas migrantes.

Un grupo de personas refugiadas en México promovió un juicio de amparo porque las autoridades les negaron la expedición de una CURP. Impidiéndoles así, el acceso a servicios básicos como salud, educación o trabajo, a pesar de que la Constitución y los tratados internacionales reconocen esos derechos para todas las personas.

La Suprema Corte resolvió que el simple reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales no es suficiente si no se proporcionan también los medios para ejercerlos efectivamente.

En este sentido, estableció que el Estado tiene la obligación de remover cualquier obstáculo, ya sea legal o práctico, que pueda limitar a las personas migrantes el acceso a estos derechos.

Esta decisión se traduce en fortalecimiento a la protección de

un los derechos de las personas migrantes en México.

La Corte subrayó que no basta con que los derechos estén escritos en la Constitución o en alguna ley, sino que el Estado debe proporcionar las medidas para que la gente los adquiera, ejercite y exija.