La veda electoral es el periodo de tiempo previo a una jornada electoral en el que se restringen ciertas actividades de propaganda política y proselitismo para garantizar que la ciudadanía pueda reflexionar su voto de manera libre e informada, sin presiones externas.
🚫 Durante este periodo se prohíbe:
- La difusión de propaganda electoral
- La celebración de actos públicos de campaña
- La publicación o difusión de encuestas o sondeos sobre preferencias electorales
- El reparto de propaganda que induzca el voto
⚖️ Fundamento Legal:
- Artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE)
- Artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales