Esta jurisprudencia establece que el principio de tipicidad (habitualmente asociado al derecho penal) también rige el derecho administrativo sancionador. Esto significa que las normas que prevén infracciones y sanciones administrativas deben describir con claridad y precisión las conductas sancionables, permitiendo a los ciudadanos prever sus consecuencias jurídicas. Además, prohíbe aplicar normas por analogía o por mayoría de razón, reafirmando la necesidad de una lex certa que garantice seguridad jurídica.