¿SÁBIAS QUÉ? La Ley de Amparo no prevé la posibilidad de que las autoridades responsables interpongan el recurso de revisión vía telegráfica.
¿SABÍAS QUÉ? La parte que exhiba un certificado expedido por una institución o médico particular, para justificar su inasistencia ante una autoridad laboral, para absolver posiciones, reconocer el contenido o firma de un documento o rendir un testimonio, tiene la obligación de ofrecer la ratificación del documento por el médico que lo expidió
¿Sabías qué? La jurisprudencia establecida por los Plenos de Circuito, es obligatoria para los Tribunales Colegiados del Circuito correspondiente, así como para los Tribunales Colegiados de Circuito de los Centros Auxiliares que los apoyen en el dictado de resoluciones.