Hace unas semanas se aprobó en la Cámara de Diputados, el dictamen que reforma el artículo 113 del Código Fiscal, el cual estipula una sanción de tres meses a seis años de prisión a quien participe de la evasión fiscal a través de la compra de comprobantes simulados y de tres a seis años a quien emita este tipo de documentos.

Además de que esta medida tiene el principal objetivo de hacer crecer la recaudación de impuestos (los cuales contribuyen proveer servicios públicos de calidad e impulsan los programas sociales), también se busca frenar el aumento de empresas que se dedican a emitir comprobantes simulados.

En el fondo, la intención de nuestros legisladores no es mala, sin embargo, lo que no debemos de perder de vista es el procedimiento a través del cual las autoridades fiscales detectarán este tipo de prácticas, el cual podría resultar agresivo para cualquier persona, ya sea que realmente haya simulado operaciones o no, puede ser considerado como comprador o vendedor de facturas y en todo caso, ser sujeto de un procedimiento penal de esta naturaleza.

De tal manera que el contribuyente, si así lo considera la autoridad fiscal, estaría obligado a probar su inocencia, y no la autoridad a probar su culpabilidad, por lo que es recomendable que, si alguna persona se está viendo afectada por un acto de este tipo, acuda de forma inmediata en busca de asesoramiento legal.

FUENTE:
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Combatiendo-la-venta-de-facturas-20190513-0071.html

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