Corte ampara a una trabajadora a la que se le adelantó el parto y el IMSS le negó la licencia por descanso de periodo prenatal; El IMSS deberá indemnizarla por el daño. Se protege derecho a la salud. La licencia por maternidad no puede ser menor a doce semanas.
Fuente: Twitter oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.