Hechos: Una trabajadora de confianza perteneciente al servicio profesional de carrera de la administración pública federal se dijo despedida injustificadamente en el periodo de lactancia; argumentó discriminación por razón de género y demandó el pago de la indemnización constitucional, prima de antigüedad y salarios caídos (entre otras prestaciones). El empleador se excepcionó en el juicio en el sentido de que la actora había renunciado y presentó el escrito relativo. Dicho asunto fue analizado por la autoridad responsable sin perspectiva de género y tuvo por acreditada la renuncia de la trabajadora, quien promovió amparo directo contra esa resolución.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que al derivar el derecho fundamental al ejercicio y goce del estado de lactancia del derecho humano a la maternidad en el ámbito laboral, el despido de las trabajadoras de confianza al servicio del Estado en ese periodo, implica una discriminación por razón de género y una violencia laboral que las coloca en estado de vulnerabilidad.

Justificación: Lo anterior es así, porque el derecho humano de la maternidad, tutelado en el segundo párrafo del artículo 4o. constitucional, se basa en el respeto a la libre autodeterminación de la persona; en el caso de las trabajadoras, éstas pueden elegir y llevar a cabo el proyecto de vida que decidan en cuanto a esa “maternidad” y, para ello, deben ser respetadas en su dignidad. Asimismo, de aquél deriva el derecho fundamental al ejercicio y goce del estado de lactancia materna, previsto en los artículos 123, apartado B, fracción XI, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, lo cual se relaciona con la salud de la madre y del hijo, constituyendo una cuestión de seguridad social; de ahí la importancia de proteger a las madres trabajadoras para que puedan hacer efectivos sus derechos laborales, libres de violencia laboral y de discriminación.

DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

FUENTE: https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSem/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Epoca=&Apendice=&Expresion=&Dominio=Tesis%20%20publicadas%20el%20viernes%2014%20de%20mayo%20de%202021.%20Todo&TA_TJ=2&Orden=3&Clase=DetalleSemanarioBL&Tablero=&NumTE=29&Epp=20&Desde=-100&Hasta=-100&Index=1&SemanaId=202119&ID=2023105&Hit=21&IDs=2023105,2023104,2023103,2023102,2023101,2023100,2023099,2023098,2023097&Epoca=-100&Anio=-100&Mes=-100&SemanaId=202119&Instancia=-100&TATJ=2