El pasado sábado 17 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en donde se establece el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), este padrón obliga a cualquier usuario de una línea de telefonía celular a entregar sus datos biométricos a través del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Este hecho ha preocupado a la comunidad jurídica nacional y a varios sectores de la población, porque se considera que exigir la entrega de los datos biométricos de las personas que desean contratar una línea de telefonía móvil (celular), es una violación a los derechos humanos protegidos por la Constitución, particularmente el Derecho a la Protección de Datos Personales. Inclusive, ya el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una Acción de Inconstitucionalidad en contra de dicha reforma.

S/D. (2021). El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil es Inconstitucional. 01 de junio de 2021, de Foro Jurídico Sitio web: https://forojuridico.mx/el-padron-nacional-de-usuarios-de-telefonia-movil-es-inconstitucional/

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