Documento que se encontraba disponible en internet en 2013, lo que puso en riesgo los datos personales de 81 millones de personas.
Por esta falta se sancionó a dicho partido con una multa de 31 millones 333 mil pesos.
Cifra equivalente al 41 % de la multa originalmente impuesta por la autoridad electoral de 76 millones 295 mil pesos.
Misma que la anterior integración de la Sala Superior, consideró excesiva y ordenó reindividualizarla.
La nueva multa se fijó en 61 millones de pesos, la cual también fue revocada por la Sala Superior.
Pues si bien se consideró que hubo descuido por parte del entonces partido Convergencia hoy Movimiento Ciudadano, no se puede afirmar que se haya actuado con dolo.
Después de 4 años de procesarse este asunto, finalmente queda firme la sanción a dicho partido por el indebido uso y cuidado del padrón electoral.
“Sobre esa lógica la responsable ponderó las diversas circunstancias previstas en la ley y decidió imponer a Movimiento Ciudadano la sanción consistente en la reducción de sus ministraciones”. – Magali González Guillén, Secretaria de Estudio y Cuenta Sala Superior TEPJF.
También se confirmó la sanción que se impuso a Adán Pérez Utrera y Ricardo Mejía por la cantidad de casi 20 mil pesos, por el indebido resguardo de dicho documento.
Por otro lado, la Sala confirmó la sanción que se impuso al partido MORENA por las irregularidades detectadas en su reporte de ingresos y gastos de su precandidato a gobernador en Nayarit en el proceso electoral 2017.
A dicho partido se le impusieron 19 sanciones, mismas que en conjunto suman la cantidad de 490 mil pesos.
Los magistrados también confirmaron una multa a Isidro Pastor por 80 mil pesos, por el uso de símbolos religiosos durante actos proselitistas que llevó a cabo en el proceso electoral del Estado de México, en el que buscó participar como candidato independiente a gobernador.
“Y justamente dicha prohibición implica que dichos aspirantes no pueden llevar a cabo actos de carácter público o en lugares privados en los que se deje privilegiar o preminencia a sujetos o símbolos de carácter religioso”. – Felipe de la Mata Pizaña, Magdo. Sala Superior TEPJF.
En la misma sesión se desecharon diversos recursos en los que se demandaba investigar el presunto desvió de fondos públicos y programas sociales a la campaña del candidato de PRI a la gubernatura del Estado de México, Alfredo del Mazo.
Fuente: http://canaljudicial.mx/es/noticia/el-tribunal-electoral-confirmo-la-multa-que-el-ine-impuso-al-partido-movimiento-ciudadano
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