El decreto de extinción de fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos del presidente Andrés Manuel López Obrador es ilegal y podría provocar muchos amparos.

“En la Ley Federal de Austeridad Republicana (de noviembre del 2019), consideraban ya el reordenamiento de estos fideicomisos. De hecho, en el artículo 8 transitorio de la citada ley establecieron un procedimiento que no respetaron”, señaló en entrevista Carlos Lara, especialista en derechos culturales y fundador de la sociedad civil Artículo 27.

El artículo 8 de la citad ley señala: “En un plazo de hasta 180 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, las secretarías de la Función Pública y de Hacienda y Crédito Público analizarán la normatividad, las estructuras, patrimonio, objetivos, eficiencia y eficacia de los fideicomisos públicos, fondos, mandatos públicos o contratos análogos que reciban recursos públicos federales. El análisis será publicado a través de un informe, el cual será remitido a la Cámara de Diputados. El resultado correspondiente a cada fideicomiso deberá ser tomado en cuenta por el Poder Ejecutivo federal para la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente”.

“Éste era el procedimiento correcto establecido en la ley que ellos aprobaron, pero una vez más actuaron como en La Ley de Herodes y ningunearon al Poder Legislativo y ahora traen un desorden”, señaló Carlos Lara, doctor en Derecho de la Cultura y exasesor en el Senado de la República.

FUENTE:

]]>