Registro: 2019590
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 29 de marzo de 2019 10:32 h
Materia(s): (Común)
Tesis: III.2o.P.150 P (10a.)
IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO POR CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA. SE ACTUALIZA LA CAUSA RELATIVA SI EL ACTO RECLAMADO CONSISTE EN EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO, Y DURANTE LA SUSTANCIACIÓN DEL JUICIO EN LA MISMA CAUSA SE DICTA SENTENCIA EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO QUE EL QUEJOSO ELIGIÓ COMO UNA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO.
Cuando en el juicio de amparo indirecto se reclama el auto de vinculación a proceso, pero durante la etapa intermedia y previo a la emisión del auto de apertura a juicio oral, el Juez de Control en la misma causa dicta sentencia derivada del procedimiento abreviado que el quejoso eligió como una terminación anticipada del procedimiento, se actualiza la causa de improcedencia por cambio de situación jurídica establecida en la fracción XVII del artículo 61 de la Ley de Amparo; sin que obste para ello, que la sentencia no se hubiere emitido en la etapa de juicio oral por un tribunal de enjuiciamiento, pues la parte conducente de la fracción mencionada no hace distingo alguno, a si debe tratarse de una sentencia dictada por un tribunal de esa naturaleza en la etapa de juicio oral, o la emitida por el Juez de Control en la intermedia, a razón del trámite anticipado de que se habla.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo en revisión 400/2017. 22 de febrero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis González. Secretaria: Angélica Ramos Vaca.
Esta tesis se publicó el viernes 29 de marzo de 2019 a las 10:32 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
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