En los juicios de guarda y custodia, es necesario realizar pruebas psicológicas al padre o la madre y a su nueva pareja con quien los hijos van a convivir.

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Los padres se divorciaron y la madre se volvió a casar. Cuando el padre pidió la guarda y custodia de su hijo el juez determinó que lo más conveniente era que fuera la madre la que se quedara al cuidado del niño. El padre reclamó que en este caso las pruebas periciales en psicología y trabajo social debían realizarse también a la nueva pareja de la madre ya que forma parte del entorno familiar del niño. La Corte amparó al papá. Ordenó que se realicen estas pruebas periciales y se analice cuál de los padres ofrece el entorno mas favorable para el hijo en atención al interés superior de la infancia. Amparo Directo en Revisión 3394/2012 Ponente: Ministro Arturo Zaldívar.🔻Consulta archivo del expediente en:🔗 http://bit.ly/2NX1w7X

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