» El juez federal que lleva el concurso mercantil de Compañía Mexicana Inter autorizó hacer pública la convocatoria que fija las bases para que se realice la cuarta y última dispersión de recursos hasta por $5´441,213.59 (Cinco millones cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos trece pesos 59/100 M.N.), monto destinado al pago en favor de los acreedores laborales en primer grado de la aerolínea, de conformidad con la Ley de Concursos Mercantiles y la Constitución.

Ello, en seguimiento a las tres anteriores que se llevaron a cabo los días 17 de abril de 2017, 25 de junio de 2018 y 19  de marzo de 2019, hasta por los montos de $1´008,268.31 (Un millón ocho mil doscientos sesenta y ocho pesos 31/100 M.N.), $1´081,726.66 (Un millón ochenta y un mil setecientos veintiséis pesos 66/100 M.N.) y $3´488,764.00 (Tres millones cuatrocientos ochenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), respectivamente.

Este procedimiento de pago no constituye una liquidación de tipo laboral a los acreedores mencionados, ni la renuncia de sus derechos como empleados de la referida empresa ante las autoridades del trabajo, ya que la materia del procedimiento de concurso mercantil es de una naturaleza jurídica distinta.

A los acreedores laborales que proporcionaron “clabe interbancaria” se les depositará el 4 de noviembre de 2019, mediante transferencia electrónica, la suma proporcional que en esta etapa les corresponde; en tanto que a los que no hayan designado “clabe interbancaria” o habiéndolo hecho ésta era ilegible, o bien, que no hubieran comparecido en  las fases de pago anteriores, ese mismo día iniciará el proceso de asignación de folio de cobro confidencial personalizado, en el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Civil de la CDMX, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro.»

Conoce los detalles íntegros de la convocatoria en las páginas de internet del Consejo de la Judicatura Federal: www.cjf.gob.mx, y del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles: www.ifecom.cjf.gob.mx.

*Información para efectos de divulgación. La versión oficial es la resolución.

FUENTE: www.cjf.gob.mx

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