La ponencia que estuvo a cargo del Ministro Luis María Aguilar Morales, contó con votación favorable unanimamente.
En el mismo proyecto se declaró inválido el artículo 139, párrafo tercero de la mencionada ley, que estimaba que:
“La información contenida en los protocolos de actuación policial será considerada como información
confidencial, por lo que queda prohibida su difusión o publicación por cualquier medio.”
Al considerar que dicha normativa resultaba incompatible con el derecho al acceso a la información pública.
Con información de : http://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6078
Acción de Inconstitucionalidad: 88/2018