Primeramente, se reconoció que el Congreso de Nuevo León tiene competencia para establecer contribuciones sobre juegos y sorteos, pues si la facultad para gravar esas actividades no se otorgó en la Constitución exclusivamente a la Federación, ello permite concluir que también la pueden ejercer las legislaturas locales.
En segundo lugar la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la constitucionalidad de los artículos que establecen que los impuestos de que se trata, no trastocan los principios de justicia tributaria previstos en la Constitución Federal.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.
Fuente: http://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6076
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