Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte estableció como jurisprudencia que el Poder Legislativo de Veracruz tiene facultades de naturaleza coincidente para establecer un plazo máximo de 45 días hábiles para que las autoridades locales den respuesta a quien ejerza su derecho de petición ante ellas.

“Den respuesta escrita fundada y motivada a toda persona que ejerza el derecho de petición ante ellas, lo anterior porque la Constitución federal en ninguno de sus dispositivos reserva al orden jurídico constitucional o al parcial federal ni a ningún otro la posibilidad de regular sobre el particular”.
– Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN, Ponente.

De acuerdo con este criterio el plazo máximo no establece ninguna restricción ni suspensión del derecho de petición.

“Se generó en principio y considerado en abstracto, un beneficio para las personas… Sin que esa previsión del orden constitucional local, en ningún momento llegue al grado de definir el concepto de breve término a que se refiere el artículo 8 de la Constitución General de la República”.

También estableció el criterio de que el artículo 8 de la Constitución Federal puede interpretarse de forma complementaria con el artículo 7 de la Constitución de Veracruz.

Lo anterior porque es una norma emitida por una autoridad con facultades legislativas de naturaleza coincidente, que no afecta competencias de otro orden jurídico, y que no restringe ni suspende el derecho de petición.

Subraya que ese plazo máximo no puede equipararse al concepto de “breve término” de la Constitución Federal, porque “breve término” genera la necesidad de una ponderación judicial en cada caso concreto, que debe llevarse a cabo por el juzgador federal que conoce y debe resolver el juicio de amparo que, en su caso, se reclama la violación a tal derecho.

** López Peña Mario . (2019). LA SUPREMA CORTE DETERMINÓ QUE LOS CONGRESOS LOCALES TIENEN FACULTADES PARA FIJAR PLAZO DE RESPUESTA AL DERECHO DE PETICIÓN. 21/03/2019, de Canal Judicial Sitio web: https://canaljudicial.mx/es/noticia/la-suprema-corte-determino-que-los-congresos-locales-tienen-facultades-para-fijar-plazo-de


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