«Fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación una jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia sobre el juicio de amparo ante el bloqueo de una cuenta bancaria.

Según este criterio, es de la competencia de un Juez de Distrito en Materia Administrativa conocer del juicio de amparo indirecto promovido contra la orden de aseguramiento y bloqueo de una cuenta bancaria dictada por el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, sin que haya una investigación previa del Ministerio Público.

Explica que de la interpretación de la Ley de Instituciones de Crédito y del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, se advierte que las facultades del titular de la Unidad de Inteligencia Financiera para establecer medidas contra la comisión de delitos con recursos de procedencia ilícita son de tipo administrativo.

Por eso, en atención a la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, el juicio de amparo indirecto promovido contra la orden de aseguramiento y bloqueo de una cuenta bancaria dictada por el titular de esa unidad, sin que previamente exista una investigación del Ministerio Público, es de la competencia del Juez de Distrito en Materia Administrativa.»


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