¿Tienes derecho a pensión? Con fundamento en la Ley del ISSSTE vamos a revisar quiénes tienen derecho a pensión así como la edad mínima que se debe tener para el retiro, pues ahora existen diferencias importantes en su interpretación gracias a una jurisprudencia que apenas en julio pasado realizó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual modificaría la edad mínima de retiro. Ley del ISSSTE: efectos sobre el retiro Apenas en este 2016, la Suprema Corte de Justicia de La Nación expresó una tesis con la cual se declara lo siguiente: la edad solicitada para obtener la pensión por jubilación va a depender ahora del año en el cual se cumplen los años de cotización y ya no dependerá del momento en el cual se tramitaba la pensión, justo como lo interpretaban antes las dependencias del gobierno. Vemos algunos de sus efectos: En dicha jurisprudencia del máximo tribunal de México se estableció que los trabajadores del gobierno van a poder pensionarse y usar la totalidad de su pensión si se acogieron al Artículo 66 de la Ley del ISSSTE, actualmente ya abrogada. El tema central de la corte fue sobre la edad y años de servicio del trabajador del ISSSTE la cual aplica sólo si dicho trabajador se acogió al beneficio de la ley anterior vigente sólo hasta el 31 de marzo de 2007, la cual amparaba una edad mínima de servicios requerida del trabajador y no la que contempla la actual legislación. En resumen: algunos trabajadores del ISSSTE podrán pensionarse a los 55 años. El Artículo 66 de la Ley del ISSSTE expresa que cuando el trabajador del Estado deje el servicio y luego de haber cotizado por lo menos 15 años al ISSSTE y deje por completo sus aportaciones, podrá usar la prerrogativa de su pensión al cumplir 55 años (así lo decía el numeral 61 de la legislación derogada; y en caso que dicho trabajador haya fallecido antes de cumplir los 55 años, sus familiares derechohabientes tendrán derecho a la pensión en los términos que indica la Ley de ese Instituto. Además, la Suprema Corte dejó claro también que hacer lo contrario a esta resolución de julio pasado sería “violatorio del derecho a la irretroactividad de la ley en perjuicio del gobernado”, la cual está reconocida en el primer párrafo del Artículo 14 de la Constitución Política de nuestro país.

 Edad mínima de retiro

Así las cosas, para el resto de los trabajadores del ISSSTE o los regidos por la ley del 1 de abril de 2007 (nueva Ley del ISSSTE) esta es laedad mínima de retiro contemplada por la legislación del instituto: Ley del ISSSTE y edad mínima de retiro Monto de la pensión El monto de la pensión variará y será un porcentaje del sueldo conforme a la siguiente tabla: Porcentaje pensión Ley Issste Lo trabajadores que dejen de trabajar voluntariamente o que queden sin trabajo después de los 60 años o más y han cotizado mínimamente 10 años, podrán pedir su pensión por cesentía en edad avanzada conforme a esta tabla: Pensión por cesentía ISSSTE Por último, la edad mínima para pensionarse en el ISSSTE se incrementará de manera gradual conforme al siguiente cuadro: Edad mínima para pensionarse del ISSSTE http://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/3319919-tienes-derecho-pension-ley-issste-edad-minima-retiro]]>

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