La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó un dictamen para establecer que le corresponde al Senado de la República y a la Cámara de Diputados, con el equivalente al 33 por ciento de sus integrantes, interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de las adiciones o reformas a las constituciones de las entidades federativas.

En las consideraciones del proyecto que reforma el artículo 105 de la Constitución Política, los senadores explicaron que la acción de inconstitucionalidad constituye uno de los más importantes medios de control en el sistema jurídico mexicano.

A fin de fomentar un Estado democrático y de derecho, apuntaron, es fundamental que la Cámara de Senadores y la colegisladora puedan acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para revisar la contradicción, además de las leyes emitidas por el Congreso de la Unión y los tratados internacionales, las adiciones o reformas a las constituciones de las entidades.

Fuente: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/48948-podra-el-congreso-de-la-union-interponer-acciones-de-inconstitucionalidad-contra-reformas-a-constituciones-locales.html

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