Se destacó que si bien este asunto ya se había returnado en una ocasión, al existir una nueva integración en la Sala por la incorporación de los señores Ministros Luis María Aguilar Morales y Juan Luis González Alcántara Carrancá, se dio una votación diferente que lleva a tomar en cuenta las opiniones de los nuevos integrantes. Esta razón justifica el returno del asunto en términos del artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.
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