CESIÓN DE DERECHOS. ES NECESARIO QUE SE NOTIFIQUE PREVIAMENTE AL DEUDOR DE UN CRÉDITO NO ENDOSABLE, PARA QUE EL CESIONARIO PUEDA EJERCER ACCIÓN EN SU CONTRA.

Época: Décima ÉpocaRegistro: 2022399Instancia: Plenos de CircuitoTipo de Tesis: JurisprudenciaFuente: Semanario Judicial de la FederaciónPublicación: viernes 13 de noviembre de 2020 10:24 hMateria(s): (Civil)Tesis: PC.III.C. J/53 C (10a.) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 390 del Código de Comercio y 2036 del Código Civil Federal, para que el cesionario pueda ejercer su derecho […]

PRESCRIPCIÓN POSITIVA O USUCAPIÓN. EL ALLANAMIENTO A LA DEMANDA NO ES SUFICIENTE PARA ACREDITAR POR PARTE DEL ACTOR LOS ATRIBUTOS DE LA POSESIÓN, AL REQUERIRSE DE OTRA U OTRAS PROBANZAS PARA SU CONSTATACIÓN (LEGISLACIONES DEL ESTADO DE TLAXCALA Y DE LA CIUDAD DE MÉXICO).

Época: Décima ÉpocaRegistro: 2022377Instancia: Primera SalaTipo de Tesis: JurisprudenciaFuente: Semanario Judicial de la FederaciónPublicación: viernes 06 de noviembre de 2020 10:17 hMateria(s): (Civil)Tesis: 1a./J. 44/2020 (10a.) Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes que conocieron de diversos amparos directos, sostuvieron criterios distintos con relación a si para que proceda la prescripción positiva o la usucapión […]