TRABAJADORES EXTRANJEROS. TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DE LOS RECURSOS ACUMULADOS EN SU CUENTA INDIVIDUAL DEPOSITADA EN LA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO (AFORE), ASÍ COMO DE LAS APORTACIONES AL FONDO DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA, CUANDO VUELVAN EN FORMA DEFINITIVA A SU PAÍS DE ORIGEN, SIN QUE LES SEAN EXIGIBLES LOS REQUISITOS PREVISTOS EN LA LEY.

Época: Décima ÉpocaRegistro: 2022422Instancia: Plenos de CircuitoTipo de Tesis: JurisprudenciaFuente: Semanario Judicial de la FederaciónPublicación: viernes 13 de noviembre de 2020 10:24 hMateria(s): (Laboral)Tesis: PC.I.L. J/67 L (10a.) Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes analizaron la solicitud de devolución de las aportaciones realizadas a la cuenta individual depositada en la Administradora de Fondos para […]