DERECHO A LA IGUALDAD. LAS REGLAS DE OPERACIÓN 3.2.1 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO OPORTUNIDADES Y 3.3 DEL PROGRAMA DE APOYO ALIMENTARIO (VIGENTES EN 2014), VIOLAN AQUEL DERECHO, AL NO RECONOCER EL «COSTO» DE LA DISCAPACIDAD.
Época: Décima ÉpocaRegistro: 2022400Instancia: Segunda SalaTipo de Tesis: AisladaFuente: Semanario Judicial de la FederaciónPublicación: viernes 13 de noviembre de 2020 10:24 hMateria(s): (Constitucional)Tesis: 2a. XLIX/2020 (10a.) DERECHO A LA IGUALDAD. LAS REGLAS DE OPERACIÓN 3.2.1 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO OPORTUNIDADES Y 3.3 DEL PROGRAMA DE APOYO ALIMENTARIO (VIGENTES EN 2014), VIOLAN AQUEL DERECHO, AL […]
SCJN ANALIZARÁ SI UNA ASEGURADORA PUEDE SER AUTORIDAD RESPONSABLE CUANDO RECHAZA, POR MOTIVO DE DISCAPACIDAD, LA SOLICITUD DE ALTA, EN LA PÓLIZA DE GASTOS MÉDICOS.