SENTENCIA. EL PLAZO PARA QUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL LA DICTE, COMIENZA A CORRER DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA EMISIÓN DEL AUTO QUE HACE LAS VECES DE CITACIÓN PARA SU PRONUNCIAMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
Época: Décima ÉpocaRegistro: 2022413Instancia: Plenos de CircuitoTipo de Tesis: JurisprudenciaFuente: Semanario Judicial de la FederaciónPublicación: viernes 13 de noviembre de 2020 10:24 hMateria(s): (Civil)Tesis: PC.III.C. J/51 C (10a.) Los artículos 419 (aplicable a los juicios iniciados antes de que entrara en vigor la reforma publicada en el Periódico Oficial el 8 de abril de 2014) […]