Los casos varían cuando se trata de la recuperación de recursos, por lo que debe identificar cuál es su escenario.
Cuando un ser querido fallece hay varios pendientes que atender, uno de éstos es recuperar los recursos de su administradora de fondos para el retiro (afore).
De acuerdo con Rosa María Nava Acuña, sub procuradora general de Asesoría y Apoyo Técnico de la Profedet, cuando una persona fallece a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad general, para recuperar los recursos que tuviera en su afore primero se deberá verificar si dejó beneficiarios señalados en el formato de designación de beneficiarios firmado ante su afore .
En caso de que el familiar fallecido no haya designado beneficiarios, explicó, de acuerdo con el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, se señala un orden de prelación o preferencia, que precisa quiénes tendrán derecho en caso de muerte del trabajador:
- El viudo que hubiese dependido económicamente del trabajador y que tenga una incapacidad de 50% o más, los hijos menores de 16 años, así como los mayores de edad si tienen una incapacidad de 50% o más.
- Los ascendientes (padres o abuelos del trabajador) concurrirán con las personas mencionadas en la fracción anterior, a menos que se pruebe que no dependían económicamente del trabajador.
- A falta de un cónyuge en vida, se dará prioridad a las personas señaladas en los dos puntos anteriores: la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron a su muerte, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
- A falta de cónyuge en vida, hijos y ascendientes, las personas que dependían económicamente del trabajador acudirán con la persona que reúna los requisitos señalados en la fracción anterior, en la proporción en que cada una dependía de él.
- A falta de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, los recursos irán al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).