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Hace apenas una década la idea de utilizar dinero virtual era exclusiva de la ciencia ficción, sin embargo, con los avances tecnológicos estas ideas se hicieron posible a través de las Fintech.

Pero vamos por pasos… ¿qué son las Fintech?

Las Fintech son startups (empresas emergentes) que brindan servicios financieros mediante el uso e implementación de la tecnología y para ello se valen de páginas web, aplicaciones y redes sociales con el fin de agilizar y simplificar su proceso de atención.

Algunos de los servicios que ofrecen son:

  • Crowdfunding (financiamiento colectivo).
  • Lending (prestamos en línea).
  • Sistema de pagos y remesas.
  • Compra-venta de activos virtuales (conocidas como criptomonedas).
  • Gestión de finanzas personales y empresariales.
  • Otorgamiento de seguros.
  • Trading (compra venta de acciones) y mercados.

Derivado del crecimiento de estas empresas, el Gobierno de la República, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), sus autoridades financieras y otros actores, trabajaron en el desarrollo de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech.

De acuerdo con el estudio Reducción de uso de efectivo e inclusión financiera, se prevé que en dos años, el 55% de los pagos que se realicen sin efectivo se hagan con tarjetas digitales.1

Es prioritario que los sectores que captan dinero de los usuarios operen bajo regulación y supervisión de las autoridades financieras.

México, pionero latinoamericano en regulación

Como resultado de un largo trabajo, el 8 de marzo de 2018 se firmó la Ley Fintech, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo.

La reglamentación de este sector colocó a México a la vanguardia en términos de normatividad y lo consolidó como un país pionero en el tema. Se prevé que de ahora en adelante se denominen Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) a las startups que sean autorizadas para dicha operación.

“Al final lo que brinda esta regulación es confianza y certeza a los usuarios de servicios financieros, que la gente no tenga miedo y que sepan que hay autoridades que los protegen, por otro lado también mitiga los riesgos ante los delitos de lavado de dinero.”

Otros países que también tienen políticas regulatorias en marcha son: Holanda, Abu Dhabi, Canadá, Reino Unido, Malasia, Australia, Singapur y Hong Kong.2

¿Qué regula esta Ley?

Se busca regular la organización, operación y funcionamiento de estas empresas para brindar protección a los usuarios que soliciten los servicios de las ITF. Algunos de los puntos que la Ley estableció son los siguientes

Requisitos de entrada:

  • Solicitar autorización ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para comenzar a operar.
  • Presentar a sus accionistas y administradores el aviso de operaciones.
  • Contar con capital mínimo para operar y por activos sujetos a riesgo.
  • Deben constituirse legalmente como sociedades anónimas (S.A.).

Requisitos para operar:

  • Controles internos y administración de riesgos.
  • Seguridad de la información y continuidad de la operación.
  • Límites de operación por cada cliente.

Para protección al consumidor:

  • Divulgación de riesgos y responsabilidades.
  • Confidencialidad de la información.
  • Separar los recursos propios de los ingresados por sus clientes.

De supervisión:

  • Las instancias encargadas de su supervisión serán la CNBV, Banxico y la CONDUSEF.
  • Deberán de cumplir con un marco de prevención de lavado de dinero.
  • Se establecen sanciones, delitos, multas, suspensiones y revocaciones.
  • Se deberá contar con auditores externos independientes.

“El primer beneficio que traerá esta legislación es la seguridad jurídica. La Ley contempla como un principio, la protección al consumidor; se establecen con claridad los requisitos, funciones, responsabilidades y prohibiciones que surgen cuando se solicita y concede una autorización para organizarse y operar como ITF, por lo tanto, los empresarios tienen certeza sobre la forma en que deberán conducirse para no caer en una conducta que implique multa o delito…”

Las figuras contempladas para su regulación son: las ITF de financiamiento colectivo; las ITF de fondos de pago electrónico y las operaciones con activos virtuales; adicional a lo anterior, cada una deberá cumplir con otros requisitos.

Crowdfunding

El crowdfunding o fondeo colectivo, son empresas que se encargan de poner en contacto a solicitantes e inversionistas con el fin de obtener financiamiento para proyectos. Con la implementación de la Ley, los financiamientos que podrán realizar son:

  • De deuda: El inversionista recibirá de regreso su aportación, más una tasa de interés.
  • De capital: La aportación se traduce en un porcentaje de acciones de la empresa.
  • De copropiedad o regalías: Donde el inversionista recibirá utilidades, regalías o pérdidas de los productos.

Sus principales regulaciones son:

  • Para el otorgamiento de capital deberán consultar al menos un Buró de Crédito y contar con una metodología de evaluación de riesgos.
  • El mismo proyecto no puede ser financiado por más de una Fintech.
  • Deberán informar al inversionista los riesgos, el desempeño del solicitante y no asegurar retornos, ganancias o el éxito de la inversión.

Fondos de pago electrónico

También conocidas como wallets o monederos electrónicos, permiten hacer pagos, compras y envíos de dinero de manera digital a través de teléfonos móviles.

Sus principales regulaciones son:

  • Se pueden realizar operaciones en moneda nacional y activos virtuales (previa autorización de Banxico).
  • Todos los pagos deberán gozar de liquidez inmediata (podrán disponer del dinero al momento) y no se generarán cargos a los clientes.
  • Deberán llevar cuentas separadas para cada cliente y mantener actualizado el registro de sus operaciones.

Uso de activos virtuales (criptomonedas)

También conocidas como criptomonedas, son utilizadas como medio de pago electrónico. Sólo se podrá operar con los activos virtuales que sean autorizados por el Banco de México, pero ¡ojo!, no son reconocidos como moneda de curso legal y no están respaldadas por el Gobierno Federal.

Las ITF que operen con criptomonedas deberán indicar como mínimo, lo siguiente:

  • No son monedas de curso legal y las operaciones no son reversibles una vez ejecutadas.
  • Su valor es muy volátil y no hay amparo alguno en caso de pérdida.

“La ley beneficiará a las empresas y a sus usuarios porque les brinda a ambos certeza legal. Para las primeras esto significa mayor confianza para crecer y atraer capital; para los segundos, seguridad y protección que funcionan como incentivos para seguir usándolas. Además, ayudará a todo el sistema financiero al promover la innovación, competencia e inclusión.”

Eduardo Guraieb Dueñas, Director General de FinTech México

A la defensa de los usuarios…

Si quieres saber en concreto las acciones que emprenderá la CONDUSEF para asegurar la defensa de los usuarios de servicios financieros y las sanas prácticas de las startups fintech, te lo explicamos a continuación:

  • Entre otras acciones está emitir una disposición en materia de transparencia financiera y sanas prácticas, con la finalidad de supervisar que los modelos de contratos de adhesión, comprobantes de operación, publicidad y páginas de Internet de las ITF, brinden información clara y oportuna sobre los derechos y obligaciones de los usuarios, los costos y comisiones que se generen, así como los riesgos en la contratación y operación de los productos y servicios que ofrecerán.
  • La CONDUSEF pondrá a disposición de los usuarios los datos corporativos de las ITF, sus contratos de adhesión, la descripción de sus productos y servicios, los datos de su Unidad Especializada de Atención a Usuarios, entre otros.
  • Además, incrementará la educación financiera y la información de los servicios y riesgos de este nuevo sector.
  • Solución de controversias, procesos de gestión electrónica, conciliación, dictamen técnico y en su caso, la defensoría legal.

Debes saber que la atención a usuarios se brindará hasta el momento en que las ITF se encuentren autorizadas por la CNBV.

La CONDUSEF está trabajando en la implementación de programas y sistemas que permitan recibir las quejas de forma electrónica, por lo que la atención pronto se brindará a través de medios electrónicos o de forma personal.

FUENTE:
https://www.condusef.gob.mx/Revista/index.php/usuario-inteligente/servicios-financieros/1015-el-abc-de-la-ley-fintech

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