El Pleno de la Suprema Corte de Justicia determinó que no hubo contradicción de tesis entre dos acciones de inconstitucionalidad resueltas por la Corte y un juicio de revisión constitucional de la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal. En las acciones se impugnaba el requisito para ser gobernador en Quintana Roo y Oaxaca, requisito que estaba referido al tiempo de duración de la residencia de la persona que no había nacido en el Estado. El asunto resuelto por el Tribunal Electoral fue sobre las condiciones de ciudadanía para ser electo. “El Tribunal Pleno determinó cuestiones relacionadas con la temporalidad de la vecindad como requisitos para el gobernador del Estado de Quintana y del Estado de Oaxaca, y el Tribunal Electoral analizó la calidad de ciudadanía tomando en consideración el análisis de los artículos de los códigos civiles correspondientes, para determinar cuándo se tiene el carácter de ciudadano y cuándo se tiene el carácter también, a través del ius soli y ius sanguinis, la posibilidad de tener esa calidad y poder ser votado para el cargo de esta elección”,Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra SCJN, Ponente. En la sesión pública de este martes, con base en la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, el Pleno de Ministros seleccionará 42 candidatos y candidatas de aspirantes para magistrados del Tribunal Electoral. “Donde —en primer término— se hará —mediante el mecanismo ya establecido en el Acuerdo General— la selección de 42 personas para continuar con el procedimiento de selección de ternas al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a la Sala Superior”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN. Los elegirán de la lista de 126 aspirantes que cumplieron con los requisitos en el proceso para integrar las ternas que se enviarán al Senado.

fuente: https://canaljudicial.wordpress.com/2016/08/15/69132/]]>