Por Joyce Pasantes La Cámara de Senadores aprobó el dictamen que reforma al CFF y LISAN para 2017. A continuación encontrarás los aspectos que avalaron estos legisladores:

CFF

Tema

Puntualizaciones

Firma electrónica Los particulares que acuerden el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autentificación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que preste el servicio de verificación y autentificación de los certificados de tales firmas. A través de reglas de RMISC se señalarán los requisitos a cumplir para otorgar tal servicio
E-contabilidad sector primario El SAT mediante reglas de carácter general emitirá un sistema simplificado para llevar los registros contables de las personas físicas que obtengan ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos no excedan de 16 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización y que los ingresos por su actividad primaria representen cuando menos el 25 % de sus ingresos totales en el ejercicio
Inscripción al RFC Los representantes legales de las personas morales se deberán inscribir en el RFC
Buzón tributario El SAT autorizará su uso con el consentimiento del particular, a la Administración Pública Centralizada y Paraestatal del gobierno federal, incluso a la estatal o municipal y organismos constitucionalmente autónomos
Cancelación del CFDI Solo podrá hacerse, si la persona a favor de quién se expidió acepte tal cancelación. El SAT regulará a través de reglas de RMISC la forma de manifestar tal aceptación
Revisiones electrónicas Se especifican los plazos que deberán considerarse en el procedimiento a seguir, cuando la autoridad, una vez recibidas y analizadas las pruebas, identifique elementos adicionales que deban ser verificados, así como los plazos para la emisión de la resolución
Acuerdo conclusivo Suspende los plazos consagrados en el desarrollo de las visitas electrónicas y la caducidad
Infracciones
  • Si la donataria al momento de su liquidación no destina la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos: se sancionará con una multa de 140 mil 540 a 200 mil 090 pesos
  • en el caso de liquidación de la donataria, esta no proporcione la información o lo haga de manera incompleta sobre las entidades autorizadas que recibirán su patrimonio, sancionándose con una multa de 80 mil a 100 mil pesos
  • no cumplir con las especificaciones tecnológicas del artículo 29-A, fracción VI, del CFF, al enviar los  CFDI´s al SAT: la multa será de uno a cinco pesos por cada CFDI, y
  • no cumplir con la obligación de mantener a disposición del público en general la información relativa a la autorización para recibir donativos, al uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos, sancionándose con una multa de 80 mil a 100 mil pesos
Proveedores de certificación de recepción de documentos digitales Se eleva a rango de ley su reconocimiento

ISAN

No se pagará el impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN), tratándose de la venta o importación de unidades cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de los eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o sea accionado por hidrógeno.
 Fuente: http://www.idconline.com.mx/fiscal/2016/10/26/en-qu-cambiar-en-2017-el-cff-y-la-lisan
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