Delito contra la salud, en su modalidad de transporte de narcóticos previsto en el artículo 194, fracción I, del Código Penal Federal. Para su actualización es innecesario acreditar los puntos geográficos de origen y destino del estupefaciente cuando el traslado es en un vehículo de carga sobre una carretera.

Consulta la tesis en la siguiente liga:

https://bit.ly/2AjfkB2

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