Hoy en día, se va haciendo cada vez más exigente y más en el ámbito jurisdiccional, en sentido de dar una explicación con un buena razón, y sobre todo dar una justificación adecuadamente el sentido de las resoluciones que tienen que emitir los órganos del poder judicial así como cualquier otra persona que tenga carácter de funcionario público adscrito a cualquier poder que en marca nuestra carta magna, en ese sentido se ha hecho obligatorio para las autoridades, ¿pero realmente lo hacen?

No obstante, es un tema, que han venido tocando con posterioridad, juristas, así como litigantes han hecho resaltar estas situaciones, como hacen mención en el libro INTRODUCCIÓN A LA RETORICA Y A LA ARGUMENTACIÓN, y que hacen referencia, al LIBRO BLANCO DE LA REFORMA JUDICIAL, UNA AGENDA PARA LA JUSTICIA EN MÉXICO, por lo que citan lo siguiente:

«La calidad de las sentencias fue severamente cuestionada durante la consulta. Con frecuencia se utilizan machotes, se transcriben los antecedentes de todo el procedimiento, la jurisprudencia se cita indiscriminadamente, sin relacionarla de manera específica con el caso que se resuelve, adicionalmente, la redacción de las sentencias es muy deficiente, incluso al grado que en ocasiones las sentencias resultan intangibles, lo que dificulta entender, cuál fue el razonamiento preciso del juez. » *

Aunado a lo anterior, nos da entender, que una parte que deriva de varias situaciones, en una debida preparación de las habilidades de la argumentación y de una buena redacción lógico y estructural, que dichas disciplinas surgen de la retórica.

«A  causa de un argumento no muy bueno e inclusive de segunda categoría, gana mucho si se sabe exponer en forma adecuada, en el sentido lógico, estructural y argumentativo, a parte de la brillantez con que se exponga, ya sea oral o escrita; es así, que un argumento bien estructurado, a lo mejor una perfección, pierde fuerza, si esta mal expuesto o causa de defectos semánticos y de estructura ( por un mal uso del lenguaje), defectos que pueden incurrir a falacias del lenguaje.» *

Fuente: * Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2008). Introducción a la Retórica y a la Argumentación. México: ND.Introducción a la retórica y a la argumentación, pág. 4, 2008.

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