«La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, determinó ejercer su facultad de atracción para conocer de un asunto relacionado con la posible omisión legislativa del Congreso del Estado de Veracruz, al no haber modificado diversos artículos del Código Penal de esa entidad federativa, los cuales contemplan el delito de aborto.

La omisión reclamada en el juicio de amparo, derivó del incumplimiento por parte de la legislatura local de las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM), las cuales, posteriormente darían lugar a la emisión de una Declaratoria de Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado en el Estado de Veracruz.

La Primera Sala determinó conocer de dicho asunto al considerar que su análisis y revisión permitiría reflexionar sobre el entendimiento de las omisiones legislativas como actos susceptibles de ser reclamados en el juicio de amparo, pero ahora desde un enfoque de derechos humanos y específicamente, con perspectiva de género, que busca garantizar a las mujeres el pleno goce y disfrute de sus derechos sexuales, reproductivos y de salud.

Además, su estudio abre la posibilidad de analizar la naturaleza y fuerza normativa de las Declaratorias de Alerta de Género emitidas por la CONAVIM como fuente para dirigir la conducta de las autoridades y generar obligaciones estatales específicas en materia de derechos humanos, en lo particular, analizar si a partir de ellas puede generarse una obligación a cargo del Congreso del Estado para legislar en un determinado sentido.»

Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 78/2019. Ponente Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Sesión 19 de junio de 2019.

Fuente: Comunicado 083/2019, SCJN, publicado el 20 de junio 2019.

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