El Pleno de la Suprema Corte invalidó que la Constitución de Sonora estableciera que si concluía el periodo del cargo de algún comisionado del Instituto de Transparencia Local y no se hubiera designado uno nuevo, el comisionado continuaría hasta haber designación.

De acuerdo con el Pleno, la medida atentaba contra los parámetros de la Ley General en la materia, que establece la duración de siete años en el cargo.

“Están sujetas a las bases y principios establecidos en la Constitución y desarrollados en el 38 de la Ley General en cuanto al período máximo de duración”.
– Eduardo Medina Mora, Ministro SCJN.

“El plazo para el INAI se encuentra regulado directamente en la Constitución, mientras que el plazo para los organismos garantes locales, se estableció en la Ley General”.
– Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ministro SCJN.

Al iniciar el estudio de una acción promovida por el INAI contra disposiciones de la Constitución sonorense, los ministros centraron el debate respecto del procedimiento de designación de comisionados del Instituto Local de Transparencia.

De acuerdo con el proyecto de la Ministra Yasmín Esquivel, el procedimiento de designación es inconstitucional.

“Toda vez que le procedimiento para la designación de los comisionados del órgano garante en el Estado de Sonora, contraviene las bases y las reglas implementadas en la Carta Magna para el procedimiento de designación de los comisionados a nivel federal”.

Sin embargo, una mayoría de ministros se pronunció por su validez, en atención a la libertad configurativa de los estados.

El estudio de este asunto continuará en la sesión pública de este martes.

Con información de Mario López Peña
@elogiodeljabon

https://canaljudicial.mx/es/noticia/scjn-inicia-estudio-de-accion-de-inconstitucionalidad-promovida-por-el-inai-contra

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