«Muchas empresas en México tienen la costumbre de llevar a cabo contrataciones laborales solo de palabra, sin ninguna garantía tangible. Con el fin de erradicar dicha práctica, el 30 de noviembre de 2012 fue publicada la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Ésta entró en vigor al día siguiente de haberse hecho pública. La Ley Federal del Trabajo es la máxima ley de Derecho laboral en México y solo está por encima de ella la Constitución Política, en la cual se consagró el derecho al trabajo en su artículo 123.

Con la aprobación de la reforma laboral, se define un contrato individual de trabajo como aquel en el cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. En ese sentido, el artículo 35 contempla que las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.Además, de acuerdo al artículo 24 de la reforma, las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables; se harán mínimo dos ejemplares, de los cuales quedará uno en poder de cada parte.

A continuación te presentamos los principales tipos de contratos laborales vigentes en México:»

FUENTE: https://www.grupoargos.com.mx/blog/contratos-laborales-en-mexico

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